La campaña "antiruido" en contra de los bares de Guadalajara fue iniciada por Enrique Alfaro Ramírez y continuada por Ismael del Toro, y tal como se lleva a cabo esa campaña antiruido es que se vulneran derechos constitucionales en perjuicio de los músicos ejecutantes de música en vivo y de los dueños de los bares de la zona metropolitana de Guadalajara.
Los integrantes de la banda de rock de Guadalajara “On the Rock” promovieron un juicio de amparo en contra del Ayuntamiento de Guadalajara, por colateralmente impedirles trabajar en eventos de música en vivo en los bares de Guadalajara, al clausurar algunos de los bares en donde trabajaban como el “Choppers N´Beer” y “Shadow Rock Stage Bar”.
El Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa resolvió en el juicio de amparo 1711/2017, que es ilegal el actuar de los inspectores del Ayuntamiento de Guadalajara, al realizar inspecciones de verificaciones en cuanto a límites de sonido por música en vivo en los bares, sin que se ajusten a los requisitos y formalidades de medición de decibeles previstos en la norma oficial mexicana NOM-081-SEMARNAT-1994. Por lo que el Juzgado de Distrito ordenó que quedaran insubsistentes las multas por la clausura a los bares en que trabajaba la banda de rock “On the Rock”.
El Juzgado federal amparó y protegió a los integrantes de la banda por considerar que fue transgredido su derecho a la libertad de trabajo contemplado en el artículo 5 de la Constitución Federal, al no sujetarse a la legalidad los inspectores del Ayuntamiento de Guadalajara, por clausurar los bares “Choppers N´Beer” y “Shadow Rock Stage Bar” en que trabajaban por supuestamente rebasar los límites sonoros por música en vivo, realizando mediciones de nivel de decibeles sin contar con los instrumentos técnicos (sonómetro) pertinentes y de precisión, sin comprobar el funcionamiento y calibración de esos instrumentos de medición y sin seguir rigurosamente el procedimiento de medición respectivo, como lo establecen la Norma Oficial Mexicana 081-SEMARNAT-1994 y la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización.
En la sentencia de amparo, el Juzgado Quinto de Distrito le ordenó al Ayuntamiento de Guadalajara que se abstenga de realizar inspecciones de verificación en cuanto límites sonoros en los bares, que no estén ajustados al procedimiento de medición de decibeles como lo establece la Norma Oficial Mexicana 081-SEMARNAT-1994.