Y es que, en aquella ocasión, el organismo administrador del líquido en la Zona Metropolitana de Guadalajara contrató a despachos para poner en las fincas una lona que acreditara la deuda contraída por los ciudadanos con el Siapa.
En aquella ocasión, el argumento que utilizó la CEDHJ fue impedir que se violaran irremediablemente los derechos humanos en prejuicio de los usuarios. Además, pedía salvaguardar la legalidad, la seguridad jurídica, la reputación personal y vida privada y familiar de los entonces afectados.
En ese entonces el presidente de la CEDHJ, Felipe de Jesús Álvarez Cibrián, dijo a los medios de comunicación que buscaba "evitar la molestia y la posible infracción de la Constitución Política, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Código Civil para el Estado de Jalisco".
Tres años después, en enero de 2011, Álvarez Cibrián solicitó al SIAPA suspender los cortes del servicio a los clientes morosos, por considerar que afectan los derechos humanos de usuarios.
El ombudsman emitió cuatro medidas cautelares contra los mecanismos de la institución, que buscan garantizar el pago de quienes adeudan más de cuatro meses. "Una vez que nosotros hemos analizado la situación, le estamos proponiendo al SIAPA una valoración jurídica en el siguiente sentido: recordarle que el 28 de julio de 2010, mediante la resolución 64/292, la Asamblea General de la ONU reconoció al agua como un derecho humano esencial que no se puede evitar y, por consecuencia, el Estado debe garantizar a todas las personas". Fuente: El Informador