Web Analytics Made Easy - Statcounter
Miércoles, 30 Noviembre 2022 19:28

Elektra debe pagar casi cinco mil millones al SAT, determina Tribunal Federal de Justicia Administrativa

Valora este artículo
(0 votos)
La empresa propiedad del empresario Ricardo Salinas Pliego ya había sido condenada por el TFJA a pagar la millonaria cantidad en enero de 2021. La empresa propiedad del empresario Ricardo Salinas Pliego ya había sido condenada por el TFJA a pagar la millonaria cantidad en enero de 2021.

En su resolución de hoy, el TFJA reiteró su decisión de enero de 2021, y ofreció más argumentos para validar el crédito fiscal del SAT Grupo Elektra SAB de C.V. debe pagar 4 mil 916 millones de pesos por Impuesto Sobre la Renta (ISR), actualización, recargos y multas del ejercicio fiscal 2011, así lo determinó de manera definitiva el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA).

La empresa propiedad del empresario Ricardo Salinas Pliego ya había sido condenada por el TFJA a pagar dicho monto en enero de 2021. Ante la sentencia, Grupo Elektra tramitó un amparo ante el Décimo Tribunal Colegiado en materia Administrativa, mismo que ordenó al Tribunal Federal de Justicia Administrativa emitir una nueva sentencia sobre el adeudo.

En cumplimiento de esa ejecutoria, el pleno del TFJA emitió este miércoles su sentencia definitiva, en la que ordenó a la empresa pagar casi 5 mil millones de pesos por concepto de Impuesto Sobre la Renta (ISR), actualización, recargos y multas del ejercicio fiscal 2011. En su proyecto de resolución, la magistrada Zulema Mosri afirmó que Grupo Elektra generó de forma indebida pérdidas fiscales por 9 mil 619 millones de pesos.

"La autoridad resolvió que la actora, al enajenar sus acciones de la empresa A a la empresa B, generó de forma indebida pérdidas fiscales por 9 mil 619 millones de pesos, ya que al calcular su costo comprobado de adquisición, adicionó de forma indebida 5 mil 500 millones de pesos por concepto de pérdidas fiscales previas a la fecha de adquisición de las acciones y amortizada durante la tenencia accionaria, además de que su deducción no es un gasto indispensable", indicó.

Aunque el asunto ya está sentenciado en el TFJA, la empresa Grupo Elektra SAB de C.V todavía puede recurrir a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Visto 273 veces