Web Analytics Made Easy - Statcounter
Miércoles, 09 Octubre 2013 20:52

Instan a PGR informe de sentencias por asesinato del Cardenal Posadas Destacado

Valora este artículo
(0 votos)

Foto: Archivo. EL CARDENAL JESÚS POSADAS OCAMPO

El IFAI instruyó a la procuraduría a entregar una versión pública de la investigación del homicidio del cardenal, ocurrido en el aeropuerto de Guadalajara, en 1993.

México • El IFAI instó a la Procuraduría General de la República (PGR) a entregar una versión pública de las sentencias que a la fecha se hayan emitido, tanto en el fuero común como en el federal, en relación con el homicidio de Juan Jesús Posadas Ocampo.

 

Luego de que una particular solicitó el expediente sobre la investigación de ese homicidio, así como la sentencia que emitió el juez, la PGR respondió que la única información de carácter público está disponible para consulta en su página oficial.

Agregó que el expediente corresponde a una averiguación previa en integración, por lo que está reservado, pero aún así a la fecha se han emitido tres sentencias en el fuero común y dos en el ámbito federal, así como tres resoluciones de no ejercicio de la acción penal.

En el portal de la PGR se informa que en 2001 se ordenó la reapertura de la averiguación previa APSE/001/95 desglose de la averiguación previa AP1132/93 del orden federal, en la cual se determinó profundizar en ocho líneas de investigación.

De dichas líneas de investigación sólo se concluyeron cinco, y se dejaron así la indagatoria en trámite, lo cual para el sujeto obligado actualiza la reserva invocada.

El pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) revocó dicha clasificación, al considerar que las sentencias emitidas, con independencia de que sean firmes o no, no constituyen constancias de la averiguación previa y están sujetas a una regla de publicidad.

Empero determinó que la información de las sentencias no podrían entregarse en versión íntegra, pues en ellas obran datos personales confidenciales tales como nombres y de identificación de testigos, o de personas referidas en los hechos, por lo cual deberán entregarse en versión pública.

El sujeto obligado deberá omitir los datos personales de testigos, servidores públicos o cualquier persona relacionada o mencionada en la indagatoria, así como el nombre de aquellas personas que fueron acusadas y cuya sentencia fue absolutoria, o bien cuya sentencia condenatoria aún es revocable, agregó.

En el caso de sentencias condenatorias irrevocables, estableció el organismo de transparencia, la PGR no podrá omitir el nombre de aquéllos que hayan sido condenados.

Por lo que toca a las tres resoluciones de no ejercicio de la acción penal que ya fueron emitidas, advirtió que dos aún no pueden hacerse públicas.

Notimex

TE PUEDE INTERESAR: Arturo Zamora Jiménez: Secretario General de Gobierno de Jalisco y la CORRUPCIÓN

Visto 609 veces