a favor de las hijas de un trabajador de esa empresa que murió durante su jornada laboral, como resultado del incumplimiento de las medidas de seguridad e higiene previstas en la ley laboral.
La empresa consideró que el monto a pagar a las hijas del trabajador era excesivo e impugnó la decisión del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal ante la Corte.
Los ministros desecharon la demanda y reiteraron que el monto de la indemnización es independiente a la situación patrimonial de la víctima, además de que debe tomarse en cuenta la situación económica de la empresa.
La sentencia -que fue avalada por la Corte al desechar la demanda de Sabritas- estableció que la empresa obtuvo ganancias -según versiones periodísticas que no fueron desmentidas- por 62 mil millones de pesos en 2013, por lo que la transnacional estaba en condiciones de pagar la indemnización correspondiente.